¿Qué obligaciones legales debo cumplir si tengo un perro potencialmente peligroso?

Hoy en día el gobierno de España tiene catalogadas como razas de perros potencialmente peligrosos aquellas que disponen de un tipo de mordida que puede ser muy graves o pueden causar mucho daño. Lo cual no implica que vayan a ser más peligrosos que otros, siempre y cuando los eduquemos de una manera adecuada.

Cada vez son más los propietarios que nos preguntan sobre los requerimientos especiales que tienen estos perros, y la idea de este post, es aclararlo.

En primer lugar, hay determinadas razas, que simplemente por ser de esa raza, ya están clasificadas como potencialmente peligrosas:

  • American starffordshire terrier
  • Starfforshire bull terrier
  • Perro de presa mallorquín.
  • Fila brasileño
  • Perro de presa canario
  • Bullmastiff
  • American pittbull terrier
  • Rottweiler
  • Bull terrier
  • Dogo de burdeos
  • Tosa inu
  • Akita inu
  • Dogo argentino
  • Doberman
  • Mastín napolitano
  • Cruce entre las razas o con otras razas y que cumplan con una tipología similar.

En segundo lugar, hay determinados perros que cumplen las siguientes características, que también se clasificarán como potencialmente peligrosos:

  • Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
  • Marcado carácter y gran valor.
  • Pelo corto.
  • Perímetro torácico entre 60-80 cm
  • Altura entre 50-70 cm
  • Peso superior a 20 kg
  • Cabeza: Voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande.
  • Mejillas musculosas y abombadas.
  • Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
  • Cuello: ancho, musculoso y corto.
  • Pecho: Macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
  • Extremidades anteriores: Paralelas, rectas, robustas.
  • Extremidades posteriores: Muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

¿Y QUÉ DEBE HACER EL DUEÑO PARA TENER UN ANIMAL POTENCIALMENTE PELIGROSO?

  • En primer lugar sacarse la licencia administrativa en el ayuntamiento donde viva que se renovará cada 5 años de la fecha de expedición.
  • Tener un seguro de responsabilidad civil con cobertura no inferior a 120.202,4 € por su responsabilidad derivada de daños causados por el animal,
  • Certificado de aptidud psicológica del dueño (similar al de posesión de armas).

¿CÓMO PUEDO TRANSPORTAR UN ANIMAL POTENCIALMENTE PELIGROSO?

  • Vía pública: mayor de edad, con aptitud idónea para controlarlo. bajo control permanente: evitar huidas incluso en el interior de sus instalaciones.
  • Bozal homologado (impida la apertura de la mandíbula para morder).
  • Correa o cadena de menos de 2 metros máximo no extensible.

FUENTE: www.icovv.com